Neuquén, Río Negro y la petrolera Vista fueron a la Justicia contra el Decreto 566
Presentaron demandas por los perjuicios que causará el congelamiento del barril de petróleo.
Las provincias de Neuquén y Río Negro realizaron una presentación ante la Corte Suprema de Justicia para declarar la inconstitucionalidad del decreto del presidente Mauricio Macri 566/19 que congeló el precio del barril de petróleo a precios vigentes al 9 de agosto por 90 días.
La demanda que lleva la firma de Omar Gutiérrez, fue presentada por el gobernador de Río Negro, Alberto Wereltinek, y fue trabajada en conjunto con la fiscalía de Neuquén.
Indica, además que el DNU «modifica inconstitucional y arbitrariamente el precio de las operaciones de venta de petróleo crudo y –consecuentemente- la base de cálculo para la liquidación y pago de las regalías petrolíferas e impuesto a los Ingresos Brutos que deben las concesionarias de explotación, y en su perjuicio, afectan de forma directa y actual la percepción de sus rentas públicas, que son cuantitativamente muy significativas, por ser un principal recurso corriente para atender los gastos y necesidades del Estado provincial”.
Neuquén considera que tendrá una “pérdida de alrededor $ 610 millones mensuales, considerando regalías e impuestos a los ingresos brutos”.
La presentación judicial señala que “Los ingresos provinciales se verán afectados en forma negativa, por una menor recaudación tanto de regalías como de impuesto a los ingresos brutos, en tanto se encuentra directamente vinculada a la diferencia entre el precio de mercado del petróleo crudo «Brent» y la paridad efectiva entre el peso argentino y el dólar estadounidense”.
Neuquén considera que tendrá una “pérdida de alrededor $ 610 millones mensuales, considerando regalías e impuestos a los ingresos brutos”.
Mientras que la petrolera Vista Oil & Gas, que conduce Miguel Galuccio, informó que acudió a «los tribunales federales contencioso administrativos competentes para demandar la anulación de los efectos del Decreto 566, solicitando en forma cautelar la inmediata suspensión de los artículos que impusieron precios máximos a la venta de petróleo crudo en el mercado argentino y la obligación de abastecerlo, todo ello con el objeto de evitar que se consumen los perjuicios que dicho decreto tendría sobre las operaciones y los resultados financieros de la empresa”.