OIL & GAS

Alberto firmó el decreto del nuevo plan gas, que arranca en diciembre

La subasta se realizará el mes próximo. Todos los detalles del nuevo esquema que se publicó hoy en el Boletín Oficial.

Fernández anunció el lanzamiento del Plan Gas en Loma Campana el mes pasado.

El presidente Alberto Fernández y su gabinete ya firmaron el decreto que pondrá en marcha el nuevo programa de estímulo a la producción de gas anunciado el mes pasado durante su visita a Loma Campana, el principal yacimiento de Vaca Muerta. En diciembre, se realizará la subasta para garantizar el suministro y detener el declino de cara al próximo invierno.

A través del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 892/20, el gobierno declaró de interés público nacional y como objetivo prioritario la promoción de la producción del gas natural argentino, y aprueba el plan de promoción para el nuevo “Esquema de oferta y demanda 2020-2024”.

Se trata de un sistema competitivo para el precio del gas en el punto de ingreso al sistema de transporte (PIST), que garantizará la provisión a la demanda prioritaria (hogares, comercios, pymes y generación eléctrica).

El texto se publicó hoy en el Boletín Oficial, y sus ejes más destacados son:

Inicio: diciembre de 2020, en función de los plazos necesarios para lograr mayor inyección en mayo de 2021.

Volumen: se licitará un volumen de 70 millones de m3 por día de gas los 365 días de cada uno de los 4 años que durará el esquema. Ese bloque base podrá ser modificado por la Secretaría de Energía para garantizar el óptimo abastecimiento de la demanda, y también podrá ser ampliado en cada uno de los inviernos para atender los picos de consumo.

Plazo: tendrá una duración inicial de 4 años. Para los proyectos off shore podrá contemplarse un plazo mayor, de hasta 8 años en total.

Exportaciones: podrán ofrecerse a las empresas productoras participantes condiciones preferenciales de exportación en condición firme por hasta un volumen total de 11 millones de m3 por día, fuera de los períodos invernales. Estas condiciones podrán ser utilizadas tanto para la exportación de gas natural por ductos como para su licuefacción en el país y posterior exportación como GNL. Tendrán prioridad las que ofrezcan los precios más competitivos en la subasta.

Procedimiento de oferta y demanda: los contratos particulares resultantes del esquema serán negociados mediante un mecanismo de subasta, licitación o procedimiento similar, que garantice los más altos estándares de concurrencia, igualdad, competencia y transparencia.

Coordinación con programas anteriores: se procurará amalgamar el esquema con los planes de estímulo a la oferta de gas natural establecidos por las Resoluciones Nº 46 del 2 de marzo de 2017, 419 del 1° de noviembre de 2017 y 447 del 16 de noviembre de 2017.

Valor agregado nacional y planes de inversión: las inversiones deberán atender al empleo, provisión directa de bienes y servicios por parte de Pymes y empresas regionales, así como de bienes, procesos y servicios de industria, tecnología y trabajo nacional. Será contemplado un sistema de control y sanción que será implementado por la Secretaría de Energía en forma conjunta con los ministerios de Desarrollo Productivo y Ciencia, Tecnología e Innovación, las provincias que adhieran y las organizaciones de trabajadores y trabajadoras y empresariales del sector que lo soliciten.

Compromiso de las petroleras: las compañías productoras deberán comprometerse a lograr una curva de producción por cuenca que garantice el sostenimiento y/o aumento de los niveles actuales.

Prioridad: se le reconocerá prioridad para la inyección en períodos con excedentes de oferta a quienes resulten con precios más competitivos en la Subasta, con lo cual se favorece la eficiencia en las asignaciones.

Precio: en ningún caso el precio que surja como resultado de aplicar el Valor Presente Neto (VPN) de los ingresos correspondientes a los volúmenes propuestos para el Período Base, ajustado en función del porcentaje de gas retenido que corresponda, podrá superar el Precio Máximo de 3,21 dólares el millón de BTU.

Tarifas y subsidios: la Secretaría de Energía definirá, con la asistencia del ENARGAS, y a partir del precio resultante en la subasta para el gas en el PIST, cuáles son los niveles de subsidio en el precio del gas y el traslado (pass through) del costo a la demanda prioritaria vía contratos de las Licenciatarias de Distribución y/o Subdistribuidoras.

El gobierno diseñar una nueva política pública de subsidios “con el fin de proteger a los segmentos vulnerables de la población”, se informó oficialmente. Se utilizarán herramientas utilizadas durante la pandemia, como por ejemplo las bases de datos de la ANSES para pagar el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), para llegar con subsidios a quien realmente los necesite.

Garantías para las productoras:  El Estado creará un sistema de garantía para respaldar el pago del diferencial entre el precio ofertado por el gas y el precio en cuadros tarifarios.

Descargá el Decreto del Nuevo Plan Gas: DECRE-2020-0892-APN-PTE y el anexo: IF-2020-78251723-APN-SE%MEC

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