OIL & GAS

Adelanto: así es el decreto que detalla el esquema del nuevo Plan Gas

Patagonia Shale accedió a la norma que publicará el gobierno nacional en los próximos días.

Extracto del Anexo del decreto del nuevo Plan Gas.

La Secretaría de Energía, que conduce Darío Martínez, ya redactó la norma que regulará el “Plan de Promoción de la Producción del Gas Natural Argentino”, y que anunció el jueves pasado el presidente Alberto Fernández en Loma Campana, el mayor desarrollo no convencional de Vaca Muerta.

Patagonia Shale accedió al texto del anexo que detalla el funcionamiento del nuevo esquema que busca garantizar el abastecimiento de la demanda prioritaria. El decreto se publicará esta semana en el Boletín Oficial.

Los ejes más destacados de la norma que da forma al nuevo Plan Gas son:

Esquema competitivo: la Secretaría de Energía convoca a la firma de contratos directos entre productores y la demanda prioritaria, por un lado con las licenciatarias de distribución y/o subdistribución y por otro de las usinas térmicas con CAMMESA.

Volumen: se subastará un bloque de 70 MMm3/d constantes a lo largo de la vigencia del esquema. Complementariamente, se consideran volúmenes adicionales, a definir por la Secretaría de Energía para atender los picos de demanda durante los periodos invernales de cada uno de los tres años. En la asignación de volúmenes a cada productor firmante se priorizará a quien oferte menor precio.

Precio: el precio del gas en el PIST (punto de ingreso al sistema de transporte) surgirá de la concurrencia en el mercado; en un marco de libre competencia, sujeto a las condiciones que fija el Estado para asegurar los objetivos de la iniciativa, tales como la obligación de invertir para evitar el declino de la producción. Por eso, se fija un precio tope. 
En ningún caso el precio que surja como resultado de aplicar el Valor Presente Neto (VPN), ajustado en función del porcentaje de gas retenido que corresponda, podrá superar el máximo de 3,35 USD/MMBTu.

Plazo: el plan está pensado a mediano plazo, a tres años, para dar un horizonte de certeza a las inversiones, con opción a prorrogarse por un año más a partir de 2023. El plazo es ampliable por 5 años más para proyectos Off Shore.

Compromiso de las compañías: los productores deberán comprometerse a lograr una curva de producción por cuenca que garantice el sostenimiento y/o aumento de los niveles actuales. También deberán presentar el plan de inversiones y un programa de incremento proporcional y progresivo del valor agregado nacional.

Prioridad en la subasta: se le reconoce prioridad para la inyección en períodos con excedentes de oferta a quienes resulten con precios más competitivos en la subasta.

Exportación: se otorga prioridad para exportar en condición firme, y fuera del período estacional de invierno, a aquellos productores firmantes que presenten precios más competitivos de acuerdo con el posicionamiento en el ranking que surja de la licitación. Esta medida pretende continuar el desarrollo del mercado de exportación a los países vecinos como Chile, Uruguay y Brasil, que se abrió en los últimos años.
Este derecho podrá ser utilizado tanto para la exportación por gasoductos como para su licuefacción en el país y posterior exportación como GNL.
Se podrán exportar en firme 11 MMm3/d de gas, 7 desde la Cuenca Neuquina y 4 desde la Cuenca Austral.

Tarifas y subsidios: la Secretaría de Energía definirá, con la asistencia del Enargas, y a partir del precio resultante en la Subasta para el gas en el PIST, cuáles son los niveles de traslado (pass through) del costo del gas a la demanda prioritaria vía contratos de las distribuidoras.

El espíritu del gobierno es asistir con subsidios a los segmentos vulnerables de la población.

Inicio del plan: noviembre 2020, en función de los plazos necesarios para lograr mayor inyección en mayo de 2021.
Incumplimientos: si la empresa beneficiaria no cumple sus compromisos, tendrá reducciones proporcionales del precio ofertado y hasta se podrá perder la participación en el Esquema. Si incumple con el compromiso de inversión, el incremento del valor agregado nacional o el compromiso de inyección en el período de invierno, deberá abonar una penalidad.

Relación con planes vigentes: se promueve acoplar el nuevo Esquema con el Programa de estímulo dispuesto en las Resoluciones N° 46-E/2017, 419-E/2017 y 447-E/2017, con los siguientes objetivos: que los volúmenes adicionales a los allí involucrados queden incorporados en el nuevo plan; que la inversión del Estado redunde ahora en precios competitivos y se dé forma a un solo mercado de gas con precios uniformes; se contemplen los derechos de quienes en la actualidad son beneficiarios de ese plan de estímulo.

En este sentido, se previeron una serie de opciones de ingreso a fin de igualar las condiciones de partida de todos los Productores, a la vez que se establecen medidas que comenzarán a tener vigencia al momento de finalización de la Resolución 46, en enero de 2022.

Garantías para las productoras: El Estado Nacional se compromete a crear un sistema de garantía para respaldar el pago del diferencial entre el precio ofertado por la compañía y el precio trasladado a tarifa. Además se generará un procedimiento de liquidación basado en los principios de celeridad y eficiencia administrativas.

Una vez que la empresa beneficiaria presenten la declaración jurada relativa al cumplimiento con el programa, en un plazo no mayor a 20 días el Estado deberá emitir una orden de Pago Provisoria equivalente al 75% de la compensación que el productor debe percibir.

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