OIL & GAS

Otorgarán permisos anuales para exportar petróleo desde Vaca Muerta a Chile

La secretaría de Energía modificó la regulación ante la inminente rehabilitación del Oleoducto Otasa.

El gobierno nacional cumplió con uno de los requisitos clave que pedían las compañías productoras de Vaca Muerta ante la reactivación del Oleoducto Transandino (Otasa), y reglamentó un nuevo esquema de exportaciones que brinda permisos anuales, simplificando los trámites burocráticos.

Así lo definió la Secretaría de Energía a través de la reglamentación del procedimiento de autorización para poder exportar petróleo a través de los oleoductos transfronterizos, por intermedio de la resolución 175/2023, publicada hoy en el Boletín Oficial.

Dado que es inminente la reactivación del Otasa, esperada para mayo próximo, y existen diferencias respecto a la exportación por buques, la normativa busca regular “de manera diferenciada y autónoma” la exportación por ductos transfronterizos considerando las “las contingencias logísticas y las variables técnicas y económicas que implica la continuidad de aprovisionamiento requerida para obtener contratos de venta competitivos”.

Procedimiento

A partir de esta normativa, las empresas interesadas en exportar deberán registrar sus operaciones ante la Subsecretaría de Hidrocarburos informando, entre otros datos, el oleoducto utilizado, el país de destino, las explotaciones que aportarán los volúmenes de petróleo, el cronograma de exportaciones y su volumen máximo estimado para el año; e información de precios contratados o proyectados.

Tras lo cual, la subsecretaría, con un plazo de 60 días, efectuará los “análisis técnicos y económicos pertinentes” a fin de asegurar que las exportaciones “no impacten en forma negativa” en el abastecimiento interno, y, luego, autorizará o no las operaciones de exportaciones, pudiendo reducir en caso necesario el volumen máximo solicitado.

Durante ese lapso, el área podrá otorgar autorizaciones provisorias de hasta 90 días para poder realizar pruebas en los oleoductos, si así se requiere.

Luego de ser aprobadas, las operaciones también serán informadas a la Dirección General de Aduanas (DGA) para que esta “instrumente los respectivos permisos de embarque a través del Sistema Informático Malvina».

Previa autorización, a las mismas podrán añadirse una exportación excedente o también podrán ser cedidas a otra empresa.

Durante la vigencia de las autorizaciones, las empresas deberán informar dentro de los 15 días corridos luego de finalizado el mes, el numero de permiso de embarque otorgado por Aduana y una planilla con los volúmenes explotados en forma diaria, además de mantener actualizada la información respecto del destino final de los volúmenes y modificaciones en la calendarización de entregas.

Descargá la Resolución 1725/2023 

Cada 12 meses

La Secretaría de Energía aclaró que este procedimiento de autorización será evaluado anualmente tomando en cuenta el nivel de inversiones en el sector, la evolución de las reservas de petróleo y sus precios, al igual que la situación del mercado energético internacional.

En caso de cambios –indicaron- “no quedará afectada la firmeza, continuidad y estabilidad jurídica de las autorizaciones de exportación otorgadas hasta dicha fecha», y los volúmenes autorizados en firme no serán susceptibles de interrupción o redireccionamiento.

Entre los considerandos se señala que actualmente “los sistemas troncales de transporte de hidrocarburos disponibles para evacuar la producción de la Cuenca Neuquina” se encuentran en el límite de su capacidad, lo cual restringe su exportación desde el Océano Atlántico; pero que el país posee una “oportunidad de generar un mercado de exportación” a través de los ductos transfronterizos existentes para la exportación a Chile “y eventualmente otros mercados desde el Océano Pacifico” sin necesidad de “inversiones adicionales de gran magnitud”.

El Oleoducto Transandino, de 427 kilómetros y con capacidad de 110.000 barriles diarios, se rehabilitará en mayo, tras 16 años de inactividad en un sistema binacional que tiene a YPF, Chevron y ENAP como principales accionistas.

La reglamentación pone en relieve que los desarrollos en Vaca Muerta han permitido que se asegure la disponibilidad de hidrocarburos para el consumo doméstico, tal como lo establece la Ley N° 17.319 y sus modificatorias, y que por lo tanto quedan saldos exportables que se pueden vender regularmente al exterior.
«Nuestro país tiene la oportunidad de generar un mercado de exportación a través de ductos transfronterizos ya construidos para la exportación de petróleo crudo a la Chile y eventualmente otros mercados desde el Océano Pacifico, sin el requerimiento de inversiones adicionales de gran magnitud y con la posibilidad de encarar esta nueva oportunidad de internacionalización de nuestros productos en forma inmediata», indica la resolución.
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