Reglamentaron el decreto que flexibiliza el cepo para las petroleras
Las compañías podrán acceder al dólar oficial por una parte de la producción incremental del último trimestre de 2022.
La Secretaría de Energía aprobó la reglamentación de los regímenes de acceso a divisas para la producción incremental de petróleo y gas que fueran establecidos el año pasado a través de los decretos 277 y 484. Se trata de una flexibilización del cepo cambiario para que las petroleras puedan conseguir el dólar oficial.
La aprobación se dispuso mediante la resolución 13/2023, publicada hoy en el Boletín Oficial, en referencia a las condiciones general del Régimen de Acceso a Divisas para la Producción Incremental de Petróleo (Radpip), el Régimen de Acceso a Divisas para la Producción Incremental de Gas Natural (Radpign) y el Régimen de Promoción del Empleo, del Trabajo y del Desarrollo de Proveedores Regionales y Nacionales de la Industria Hidrocarburífera (Rpepnih).
Los tres regímenes fueron establecidos por el decreto 277 del 27 de mayo de 2022 y anunciado tres días antes por el presidente Alberto Fernández y el entonces ministro de Economía, Martín Guzmán.
Las petroleras que aumenten su producción sobre una línea base trazada sobre lo producido en 2021, podrán acceder a Mercado Libre de Cambios, por un monto equivalente al 20% de esa producción incremental en el caso del petróleo y del 30% en caso del gas.
«Es una medida clave para incrementar la escala de producción y utilizar la nueva capacidad de transporte que generará el gasoducto Néstor Kirchner y las obras de infraestructura privadas», informó por entonces el Ministerio de Economía.
El 12 de agosto, por medio del decreto 484, se reglamentó el funcionamiento de los regímenes, en tanto hoy la Secretaría de Energía completó el acto administrativo con el detalle de las condiciones en tres anexos de la nueva resolución.
Según el artículo 1° del decreto 484/2022, los beneficiarios del acceso a divisas para incrementar la producción podrán presentarse junto a posibles terceros asociados que cumplan con los recaudos del decreto, entre ellos acreditar un vínculo contractual con la beneficiaria «de al menos 12 meses, con una inversión mínima efectivizada de U$S 50 millones».
El decreto precisó que las empresas «podrán solicitar el reconocimiento de los beneficios correspondientes a partir del tercer trimestre de 2022«.