Reglamentaron las condiciones del «cepo light» para las petroleras
Se publicó la reglamentación del régimen de acceso a las divisas sobre la producción incremental de petróleo y gas.
El Gobierno reglamentó el funcionamiento del Régimen de Acceso a Divisas para la Producción Incremental de Petróleo (Radpip) como también un esquema de promoción similar para el gas, a través del decreto 484/2022, que se publicó hoy en el Boletín Oficial. Se trata de una flexibilización del cepo cambiario para promover inversiones petroleras.
Según el artículo 1° del decreto 484, los beneficiarios del acceso a divisas para incrementar la producción podrán presentarse junto a posibles terceros asociados que cumplan con los recaudos del decreto, entre ellos acreditar un vínculo contractual con la beneficiaria «de al menos 12 meses, con una inversión mínima efectivizada de U$S 50 millones».
Las petroleras que aumenten su producción sobre una línea base trazada sobre lo producido en 2021, podrán acceder a Mercado Único y Libre de Cambios (MULC), por un monto equivalente al 20% de esa producción incremental en el caso del petróleo y del 30% en caso del gas.
Quienes queden encuadrados en el flamante régimen de disponibilidad de divisas para incrementar la producción de petróleo y gas podrán solicitar el reconocimiento de los beneficios correspondientes a partir del tercer trimestre de 2022.
Para cumplir ese paso, «deberán solicitarlo dentro del plazo perentorio de 15 días hábiles y posteriores a la finalización de cada trimestre», en una gestión que incluirá medidas complementarias de Energía y de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Una vez aceptada la solicitud, «Energía expedirá un certificado que será notificado por nota a las beneficiarias o beneficiarios, a la AFIP y al Banco Central (BCRA)».
En el resto de los 28 artículos del decreto 484 se establecen los parámetros técnicos para definir cuál será la Línea Base correspondiente al Registro de Acceso a Divisas para la Producción Incremental de Petróleo, como la producción de petróleo crudo de enero a diciembre de 2021 que provenga de áreas de titularidad de cada beneficiario que hayan sido reconocidas oficialmente por Energía.