El Gobierno nacional aprobó los términos y condiciones para la autorización de exportaciones de gas natural a Chile bajo condición firme, entre el 15 de septiembre de este año y el 15 de mayo de 2020.

Mediante la Disposición 167/2019 de la Subsecretaría de Combustibles publicada hoy en el Boletín Oficial, se estableció un volumen máximo a exportar de 10 millones de metros cúbicos diarios.

Las ventas al país trasandino se realizarán en el marco del Acuerdo de Complementación Económica N° 16 suscripto entre Argentina y Chile en 1991, y del Trigésimo Protocolo Adicional suscripto el 26 de abril de 2018.

Se asignó un volumen de un millón de m3 diarios a través del gasoducto Norandino, 6,5 millones de m3 a través de GasAndes y Pacífico, y 2,5 millones de m3 a través de Methanex.

Las solicitudes para obtener derechos a exportar volúmenes de gas en firme serán recibidas hasta las 16 horas del 6 de septiembre.

La normativa prevé un mecanismo que garantiza las ventas a Chile aún cuando se incremente la demanda interna de energía. Ante eventuales necesidades de mayor utilización de gas natural importado, gas natural licuado, carbón, fueloil o gasoil por parte del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) para la generación eléctrica, cuyo costo esté a cargo del Estado Nacional, las empresas exportadoras deberán asumir el pago de una compensación a CAMMESA.

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